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Dr. Ignacio Scilipoti

Dr. Ignacio Scilipoti

Abogado titular

Biografía

El Dr. Ignacio Scilipoti es socio de Scilipoti & Fernández y referente en Derecho del Trabajo en el Alto Valle. Ejerce en práctica privada desde 2012, con dedicación principal a accidentes laborales (ART y enfermedades profesionales), despidos y liquidaciones, y conflictos individuales o colectivos.


Interviene integralmente en cada asunto: denuncia y seguimiento médico, verificación de tratamientos, rehabilitación y prótesis, control del Ingreso Base (IBL) y determinación del grado de incapacidad, y gestión ante Comisiones Médicas / SRT Neuquén. Cuando la reparación ofrecida resulta insuficiente, diseña la estrategia probatoria (historia clínica, pericias médico-legales y cálculos actualizados) y promueve apelaciones o la acción judicial contra la ART y/o el empleador por falta de medidas de seguridad.


Actúa también en diferencias salariales, categorización, horas extra y registración deficiente, cuidando la base remunerativa de cálculo y la actualización conforme criterios vigentes, para resguardar el valor real de la indemnización. Su desempeño se distingue por preparación técnica meticulosa, solidez argumental y gestión clara de plazos y riesgos, con el objetivo de alcanzar una reparación plena ya sea mediante acuerdo homologado o sentencia.


Cobertura: Neuquén y Río Negro · Idiomas: español e inglés (avanzado).

áreas de práctica

  1. ART/Accidentes laborales

  2. Despidos y liquidaciones

  3. Asesoría legal para empresas

educación

  1. Grado en Derecho: UCASAL, 2012

  2. Notariado público: Universidad Blas Pascal, 2020

casos relevantes

1. Despido improcedente (Neuquén capital)

A un administrativo lo echaron por “causas organizativas” y le ofrecieron 20 días por año. Revisamos la carta y detectamos fallas: plazos mal contados y falta de puesta a disposición de la indemnización. Intimamos por carta documento y pedimos audiencia en la Dirección Provincial de Trabajo. Llegamos con la documentación ordenada y una línea de negociación clara. La empresa corrigió números y mejoró la propuesta. Cerramos un acuerdo equivalente a 33 días por año, con finiquito bien calculado y entrega de certificados en fecha.

2. Recalificación y cobertura (Neuquén capital)

Un albañil sufrió una lesión de rodilla y la ART la quiso pasar como “enfermedad común”. Reunimos partes, testimonios y la historia clínica, y llevamos el caso a Comisión Médica. Cuidamos especialmente el salario base (IBL) para que la liquidación no salga a la baja. La contingencia quedó reconocida como accidente de trabajo y se cubrieron rehabilitación, traslados y días caídos. Negociamos, además, una suma por incapacidad. Todo quedó instrumentado y cobrado en los plazos acordados.

3. Diferencias y aportes (Centenario)

Un encargado cobraba como peón y sus horas extra nunca aparecían. Le pedimos cuadrantes, chats y recibos, armamos la liquidación técnica y citamos a conciliación. Con los números cerrados sobre la mesa, la empresa reconoció la categoría real y aceptó pagar diferencias salariales con un plan de cuotas e intereses. También se comprometieron a regularizar aportes y a reflejar correctamente los conceptos remunerativos. Hicimos seguimiento hasta el último pago para evitar sorpresas.

4. Ius variandi y hostigamiento — Plottier

Un cajero sufría cambios de turno intempestivos y maltrato. Intimamos por ius variandi y pedimos que restablezcan condiciones; ante la negativa, avanzamos con la extinción indirecta. En conciliación, fundamentamos los incrementos que correspondían por falta de pago tras intimación y ordenamos un esquema de cobro con garantías. La salida quedó protegida, sin renuncias encubiertas. Acompañamos cada paso, desde la primera carta hasta el último depósito.

5. Embarazo y registración tardía: indemnización agravada (Neuquén capital)

Una moza estuvo meses sin registrar y, al notificar embarazo, le recortaron horas. Documentamos horarios, mensajes y recibos parciales, reclamamos registración y explicamos la protección legal por maternidad. La negociación fue firme, sin apuro por cerrar mal: montos claros, fechas de pago y entrega de certificados. Se reconoció la indemnización agravada y se pactó una cláusula penal por incumplimiento. El acuerdo se cumplió en término y quedó todo asentado en el acta.

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