Enfermedad profesional en Neuquén: qué es, cómo se reclama y por qué la ART casi siempre pelea
- 9 jun
- 6 min de lectura
Scilipoti & Fernández | Actualizado junio 2026
Hay una diferencia importante entre atenderse por una enfermedad y reclamar por una enfermedad profesional. Lo primero lo hace cualquier trabajador. Lo segundo requiere entender cómo funciona un sistema que, en la práctica, está diseñado para que la ART tenga el primer movimiento y el trabajador llegue tarde o mal informado.

En Neuquén, con una economía fuertemente ligada a la industria petrolera, la construcción y la salud, las enfermedades de origen laboral son una realidad cotidiana. Hipoacusia en operarios de Vaca Muerta, hernias discales en trabajadores de yacimientos, patologías respiratorias en personal expuesto a hidrocarburos, tendinitis y síndrome del túnel carpiano en trabajos repetitivos. Lo que no es cotidiano es que el trabajador sepa exactamente qué hacer cuando le diagnostican una de esas patologías.
Qué define una enfermedad profesional según la LRT
La Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo define las enfermedades profesionales como aquellas producidas por causa directa e inmediata de la ejecución del trabajo o de las condiciones en que se realiza. No alcanza con que el trabajador esté enfermo: tiene que haber un nexo causal probado entre la patología y la actividad laboral.
El instrumento central del sistema es el Listado de Enfermedades Profesionales aprobado por el Decreto 658/96, que enumera las enfermedades reconocidas, los agentes causantes y las actividades en que pueden producirse. Si tu enfermedad figura en ese listado y realizaste la actividad que describe, la ley presume que la causa es laboral. Eso invierte la carga: es la ART quien tiene que demostrar lo contrario, no el trabajador.
En Neuquén, las enfermedades que más frecuentemente se tramitan bajo este sistema son:
Hipoacusia por exposición a ruido (operarios de plantas, perforaciones y transporte pesado)
Lumbalgias crónicas y hernias de disco (tareas de carga, vibración de maquinaria pesada)
Enfermedades respiratorias por inhalación de polvos, gases o vapores de hidrocarburos
Síndrome del túnel carpiano y otras tendinitis (trabajos de esfuerzo repetitivo)
Dermatitis por contacto con sustancias químicas
El concepto que más ignorancia genera: la primera manifestación invalidante
Si hay un punto donde el trabajador neuquino pierde derechos sin saberlo, es este.
La primera manifestación invalidante es el momento en que la enfermedad se exterioriza de tal manera que impide al trabajador realizar sus tareas habituales. No es el día del diagnóstico médico. No es el día en que empieza a tener síntomas. Es el primer día en que la patología genera una incapacidad concreta para trabajar.
¿Por qué importa tanto? Porque desde ese momento empieza a correr el plazo máximo de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT), que es de dos años. Si la ART logra establecer que la primera manifestación invalidante fue en una fecha anterior a la que el trabajador denuncia, puede argumentar que ese plazo ya venció y que la prestación no corresponde. Es uno de los argumentos más usados por las aseguradoras para rechazar o reducir el caso.
En enfermedades de instalación progresiva como la hipoacusia o las patologías lumbares crónicas, determinar cuándo ocurrió la primera manifestación invalidante es una discusión técnico-médica con consecuencias económicas directas. Es exactamente el tipo de discusión donde el trabajador que llegó solo está en desventaja.
Qué pasa cuando la enfermedad no está en el listado
El Decreto 658/96 no cubre todas las patologías posibles. Hay enfermedades de origen laboral que no figuran en ese listado, y eso no significa que el trabajador no tenga derecho a reclamar: significa que el camino es más exigente.
El artículo 6, inciso 2, letra b) de la Ley 24.557 prevé el mecanismo para estas situaciones. El trabajador puede solicitar la inclusión de su patología como enfermedad profesional demostrando que tuvo como causa directa e inmediata la ejecución del trabajo. Pero a diferencia de las enfermedades listadas, acá no hay presunción legal a favor: hay que probarlo.
El trámite de las enfermedades no listadas no se resuelve en la Comisión Médica Jurisdiccional de Neuquén. Interviene la Comisión Médica Central, que es el organismo nacional con competencia para reconocer una nueva enfermedad profesional. El expediente sube de nivel, los plazos se extienden y la prueba pericial cobra un peso determinante. Es un camino más largo pero es el camino correcto, y con la documentación adecuada puede resolverse favorablemente.
Por qué la ART rechaza o minimiza y cuáles son sus argumentos habituales
Entender la estrategia de la aseguradora ayuda a preparar mejor el reclamo.
El primer argumento que usa la ART ante una enfermedad profesional es la causa extralaboral: la patología no la generó el trabajo sino una condición preexistente, un factor degenerativo o una predisposición personal del trabajador. Una hernia de disco "que era constitucional". Una hipoacusia "de origen no laboral". Una lumbalgia crónica atribuida a hábitos posturales del trabajador fuera del trabajo.
El segundo argumento habitual es la discusión sobre el porcentaje de incapacidad. Aunque la ART acepte que la enfermedad es de origen laboral, la batalla se traslada al baremo: cuántos puntos de incapacidad corresponden. El Decreto 659/96 establece el baremo de incapacidades laborales, pero su aplicación concreta depende del médico que hace la evaluación y de cómo se documentaron las secuelas. Una diferencia de cinco puntos porcentuales puede representar una diferencia económica significativa en la liquidación final.
El tercer recurso es el más técnico: atacar la primera manifestación invalidante para dejar al trabajador fuera del período de cobertura, como explicamos antes.
Ninguno de estos argumentos es invencible. Pero todos requieren una respuesta técnica y documentada que no se improvisa en el momento de la audiencia.
Cómo iniciar el reclamo: el procedimiento paso a paso
Primer paso: la denuncia ante la ART
El proceso formal empieza con la denuncia del siniestro ante la aseguradora que cubre a tu empleador. Hay que hacerlo por escrito y guardar constancia de la recepción. En enfermedades profesionales la denuncia la puede hacer el propio trabajador, el empleador o el médico tratante. No esperes a que la ART te llame: tomá la iniciativa.
Segundo paso: el diagnóstico documentado
Antes o en paralelo a la denuncia, necesitás un diagnóstico médico escrito que identifique la patología y establezca, aunque sea preliminarmente, su posible relación con las condiciones de trabajo. No alcanza con que el médico lo diga: tiene que estar en la historia clínica, en un informe o en un certificado. Esa documentación va a ser la base de todo lo que viene.
Tercer paso: la Comisión Médica Jurisdiccional
Si la ART rechaza el caso, no lo reconoce dentro del plazo o lo acepta pero el trabajador no está de acuerdo con el porcentaje de incapacidad asignado, interviene la Comisión Médica Jurisdiccional de Neuquén, que funciona bajo la órbita de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Es el organismo que evalúa el caso, determina si la enfermedad es de origen laboral y establece el grado de incapacidad. Su resolución puede apelarse ante la Comisión Médica Central y, si fuera necesario, ante la Justicia.
Cuarto paso: el asesoramiento legal desde el inicio
No desde después del rechazo. Desde antes de la denuncia, o al mismo tiempo. Un abogado especialista en riesgos del trabajo puede ayudarte a documentar correctamente el nexo causal, a identificar la fecha de primera manifestación invalidante que más te favorece, a entender si tu patología encuadra en el listado o requiere el trámite de inclusión, y a evaluar si el porcentaje de incapacidad que te ofrece la ART refleja realmente tus secuelas.
En nuestra experiencia, los trabajadores que llegan a la Comisión Médica solos, sin haber reunido la documentación adecuada y sin entender qué está en juego, obtienen resultados sustancialmente peores que quienes llegaron preparados.
El sistema de la LRT existe para proteger al trabajador, pero no funciona solo. Las enfermedades profesionales son más difíciles de reclamar que los accidentes porque no tienen un momento claro de inicio, porque la prueba del nexo causal requiere documentación médica específica, y porque la ART tiene incentivos para minimizar o rechazar. El trabajador que sabe cuáles son los puntos críticos (el listado, la primera manifestación invalidante, el porcentaje de incapacidad) y que actúa antes de que venzan los plazos está en una posición incomparablemente mejor que el que espera a que el proceso avance solo.
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Scilipoti & Fernández — Estudio jurídico laboral especializado en Neuquén, Patagonia.




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